# ¿Puedo llevar a mi pareja y a mis hijos?

> Sí, si su visa lo permite: su cónyuge e hijos entran con la visa de dependiente (家族滞在). Pueden trabajar hasta 28 horas por semana con un permiso aparte.

- Tema: Visas y permanencia
- URL: https://ticoenjapon.com/guias/traer-familia-visa-dependiente/
- Fuente: Agencia de Servicios de Inmigración de Japón (ISA), estatus de dependiente (https://www.moj.go.jp/isa/applications/status/dependent.html)
- Revisado: 2026-10-15

Sí, con la visa de **dependiente** (家族滞在, kazoku taizai), siempre que su propia visa lo permita y usted pueda mantenerlos.

## Quién puede traer familia

Entre otras, la permiten estas visas: ingeniero, especialista en humanidades y servicios internacionales; instructor; habilidades; gerente de negocios; profesional altamente calificado; tokutei ginou ii, y también la de estudiante.

No la permiten la de **tokutei ginou i** ni la de aprendiz técnico.

## A quién cubre

Solo a su cónyuge y a sus hijos, y solo si dependen económicamente de usted. Padres o hermanos no califican como dependientes. Inmigración pide documentos que prueben el vínculo, como el certificado de matrimonio o de nacimiento. Si están en unión libre sin matrimonio inscrito, consulte antes con Inmigración, porque la lista de documentos está pensada para matrimonio o nacimiento registrado.

## Cómo se tramita

1. **Usted, ya en Japón con su visa**, pide el COE de su familia en la oficina de Inmigración de su zona.
2. **Prueba de ingresos.** Por ejemplo, constancias de su trabajo, salario e impuestos en Japón.
3. **Visa en San José.** Con el COE, su familia saca la visa en la Embajada de Japón en Costa Rica.

## ¿Mi pareja puede trabajar?

Sí, con límites. Con el permiso de actividad fuera del estatus (資格外活動許可, shikakugai katsudō kyoka) puede trabajar hasta **28 horas por semana**. Nunca en bares de anfitrionas, pachinko u otros negocios regulados de entretenimiento. Para trabajar tiempo completo necesita su propia visa de trabajo.

Si usted tiene la visa de profesional altamente calificado, su cónyuge puede pedir un estatus aparte para trabajar tiempo completo, y en ciertos casos puede traer a sus padres.

> Si hay divorcio o fallece el titular de la visa, el cónyuge con visa de dependiente tiene que avisar a Inmigración dentro de 14 días.

Vea también [Escuela para mis hijos](https://ticoenjapon.com/guias/escuela-para-mis-hijos/) y [¿Qué es el COE?](https://ticoenjapon.com/guias/que-es-el-coe/)
